En este sitio podrás encontrar información detallada sobre la nueva Constitución
de Bolivia
http://www.repac.org.bo/
Aquí el texto completo de la nueva Constitución
http://www.repac.org.bo/documentos/NCPE%20DIDACTICO.pdf
Wednesday, 11 February 2009
Evo promulga la nueva Constitución que encamina a Bolivia a un Estado plurinacional y autonómico
http://www.laprensa.com.bo/noticias/07-02-09/07_02_09_poli1.php
Los diez cambios de la nueva carta magna
1. Poder indígena
Los indígenas de los 36 pueblos originarios de Bolivia pasarán del reconocimiento constitucional puro y simple a la participación efectiva en todos los niveles del poder estatal y en la economía. Esto ha llevado a algunos opositores a señalar que la nueva Constitución creará “ciudadanos de primera y de segunda” y que los de primera serán los indígenas. La CPE establece todo un capítulo para sus derechos.
2. Autonomía
En la Constitución hasta hoy vigente se reconocen niveles de descentralización, pero en el proyecto aprobado en referéndum se establecen cuatro niveles de autonomía: departamental, regional, municipal e indígena. La autonomía que reconoce el proyecto constitucional implica la elección directa de autoridades y administración de sus recursos.
3. Tierra
En la Constitución aún vigente, el Estado “no reconoce el latifundio”. La nueva fija un límite para la tenencia de parcelas de 5.000 hectáreas. Quienes en adelante adquieran más de esa superficie estarán sujetos a la reversión porque habrán incurrido en el latifundio. Tras negociaciones con sectores opositores, se decidió que los límites en la propiedad de la tierra no serán retroactivos.
4. Derechos
En la Constitución de 1967 se reconocen los derechos de manera general, pero en el nuevo texto, en casi cien artículos, se especifican los derechos de grupos sociales, como los pueblos indígenas, los niños, las familias, los adultos mayores, las personas con discapacidad, los privados de libertad e incluso de los usuarios y consumidores.
5. Estado plural
El Gobierno de Evo Morales propugna un Estado plural en reemplazo de un modelo capitalista o mixto, en el que el Estado únicamente vigilaba la economía pero no participaba en ella. En el proyecto constitucional aprobado se establece un modelo económico plural, basado en la economía comunitaria, estatal, privada y social cooperativa.
6. Recursos naturales
“Los recursos naturales son de propiedad y dominio directo e imprescriptible del pueblo boliviano y corresponderá al Estado su administración en función del interés público”, dice el artículo 349 de la nueva Constitución. Además establece que recursos como los hidrocarburos no se pueden privatizar. El agua no se puede privatizar y tampoco concesionar. La energía sólo puede ser manejada por el Estado.
7. Religión
En el texto constitucional, la religión católica pierde en definitiva el carácter oficial. Sin embargo, no es este artículo el que preocupa a la Iglesia Católica, sino otros que tienen que ver con la declaratoria de que el Estado “es independiente de la religión”, lo que en criterio del clero pone en riesgo la espiritualidad del pueblo boliviano.
8. Reelección
En la Constitución de 1967 se reconocía la reelección sólo después de transcurrido un periodo constitucional. Sin embargo, en el nuevo texto se prevé la reelección inmediata por un periodo, lo que le permitirá a Evo Morales postularse nuevamente a la Presidencia. Además se instituye la segunda vuelta electoral, procedimiento que sustituirá a la votación congresal, que era la que determinaba la elección del Presidente.
9. La coca
La coca no tenía presencia en la Constitución reformada en 2005, mientras que en la aprobada el 25 de enero se establece que “el Estado protege a la coca originaria y ancestral como patrimonio cultural, recurso natural renovable (…) y como factor de cohesión social; en su estado natural la coca no es estupefaciente…”.
10. Mar
En cuanto a política exterior, el proyecto constitucional establece “el derecho irrenunciable e imprescriptible sobre el territorio que le dé acceso al Océano Pacífico”. Además instruye que para algunos temas sensibles se debe convocar a un referéndum para aprobar los tratados internacionales. Y Bolivia se declara un país pacifista, que rechaza la guerra y prohíbe la instalación de bases militares extranjeras en su territorio.
Los diez cambios de la nueva carta magna
1. Poder indígena
Los indígenas de los 36 pueblos originarios de Bolivia pasarán del reconocimiento constitucional puro y simple a la participación efectiva en todos los niveles del poder estatal y en la economía. Esto ha llevado a algunos opositores a señalar que la nueva Constitución creará “ciudadanos de primera y de segunda” y que los de primera serán los indígenas. La CPE establece todo un capítulo para sus derechos.
2. Autonomía
En la Constitución hasta hoy vigente se reconocen niveles de descentralización, pero en el proyecto aprobado en referéndum se establecen cuatro niveles de autonomía: departamental, regional, municipal e indígena. La autonomía que reconoce el proyecto constitucional implica la elección directa de autoridades y administración de sus recursos.
3. Tierra
En la Constitución aún vigente, el Estado “no reconoce el latifundio”. La nueva fija un límite para la tenencia de parcelas de 5.000 hectáreas. Quienes en adelante adquieran más de esa superficie estarán sujetos a la reversión porque habrán incurrido en el latifundio. Tras negociaciones con sectores opositores, se decidió que los límites en la propiedad de la tierra no serán retroactivos.
4. Derechos
En la Constitución de 1967 se reconocen los derechos de manera general, pero en el nuevo texto, en casi cien artículos, se especifican los derechos de grupos sociales, como los pueblos indígenas, los niños, las familias, los adultos mayores, las personas con discapacidad, los privados de libertad e incluso de los usuarios y consumidores.
5. Estado plural
El Gobierno de Evo Morales propugna un Estado plural en reemplazo de un modelo capitalista o mixto, en el que el Estado únicamente vigilaba la economía pero no participaba en ella. En el proyecto constitucional aprobado se establece un modelo económico plural, basado en la economía comunitaria, estatal, privada y social cooperativa.
6. Recursos naturales
“Los recursos naturales son de propiedad y dominio directo e imprescriptible del pueblo boliviano y corresponderá al Estado su administración en función del interés público”, dice el artículo 349 de la nueva Constitución. Además establece que recursos como los hidrocarburos no se pueden privatizar. El agua no se puede privatizar y tampoco concesionar. La energía sólo puede ser manejada por el Estado.
7. Religión
En el texto constitucional, la religión católica pierde en definitiva el carácter oficial. Sin embargo, no es este artículo el que preocupa a la Iglesia Católica, sino otros que tienen que ver con la declaratoria de que el Estado “es independiente de la religión”, lo que en criterio del clero pone en riesgo la espiritualidad del pueblo boliviano.
8. Reelección
En la Constitución de 1967 se reconocía la reelección sólo después de transcurrido un periodo constitucional. Sin embargo, en el nuevo texto se prevé la reelección inmediata por un periodo, lo que le permitirá a Evo Morales postularse nuevamente a la Presidencia. Además se instituye la segunda vuelta electoral, procedimiento que sustituirá a la votación congresal, que era la que determinaba la elección del Presidente.
9. La coca
La coca no tenía presencia en la Constitución reformada en 2005, mientras que en la aprobada el 25 de enero se establece que “el Estado protege a la coca originaria y ancestral como patrimonio cultural, recurso natural renovable (…) y como factor de cohesión social; en su estado natural la coca no es estupefaciente…”.
10. Mar
En cuanto a política exterior, el proyecto constitucional establece “el derecho irrenunciable e imprescriptible sobre el territorio que le dé acceso al Océano Pacífico”. Además instruye que para algunos temas sensibles se debe convocar a un referéndum para aprobar los tratados internacionales. Y Bolivia se declara un país pacifista, que rechaza la guerra y prohíbe la instalación de bases militares extranjeras en su territorio.
Subscribe to:
Comments (Atom)